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Becas y ayudas universitarias: Ayudas pregrado

ResueltaAyudas de movilidad para los estudiantes en el marco del programa europeo Erasmus de las universidades o los centros artísticos públicos de estudios superiores y otros programas de movilidad, con reconocimiento académico, en el que participan las universidades catalanas para el curso 2006-2007

Fecha máxima de presentación de solicitudes: 15/06/2006

Objeto:
Conceder ayudas a los estudiantes de las universidades catalanas o de centros artísticos públicos de estudios superiores que hayan obtenido una estancia académica de movilidad para contribuir a la financiación de los gastos que conlleva la realización de estudios en otros países

Tipos de ayudas:
Se establecen tres modalidades:
Modalidad A: estancia académica en el marco del programa Erasmus dirigida a los estudiantes de las universidades catalanas.
Modalidad B: estancia académica en el marco de los programas de movilidad internacional con el reconocimiento académico en el que participen las universidades catalanas dirigidas a los estudiantes de las universidades catalanas
Modalidad C: estancia académica en el marco del programa Erasmus dirigida a los estudiantes de centros artísticos públicos de estudios superiores. (Instituto del Teatro y Escuela Superior de Música de Cataluña).

Solicitantes:
Requisitos:
-Estar matriculado en: una universidad catalana, el Inst. del Teatro o la Escuela Sup. de Música de Cataluña en el curso académico para el cual se solicita la ayuda.
Modalidad A y B: estar matriculado en estudios dirigidos a obtener un título oficial, de primer y/o de segundo ciclo correspondiente a titulaciones universitarias anteriores al Real Decreto 55/2005, de 21 de enero, situación que se tendrá que mantener en el momento de disfrutar de la ayuda.
Modalidad C: estar matriculado en unos estudios dirigidos para la obtención de un título de enseñanza artística superior con equivalencia universitaria del Inst. del Teatro, o de la Escuela Sup. de Música de Cataluña.
-Tener superado, como mínimo, un primer curso completo, sin tener en cuenta los créditos de libre elección al finalizar el curso 2005-2006.
-Haber estado seleccionado por la universidad, el Inst. del Teatro, o la Escuela Sup. de Música de Cataluña para una estancia en el marco del programa europeo Erasmus o en el marco de otros programas de movilidad en el que participen las universidades catalanas o los centros artísticos públicos de estudios superiores.
-Tener el conocimiento suficiente de la lengua de docencia de la universidad de destino.

Destinatarios:
Estudiantes de las universidades catalanas o de centros artísticos públicos de estudios superiores que hayan obtenido una estancia académica de movilidad.

Duración:
Independientemente de la estancia, el tiempo máximo por el cual se concederá la ayuda objeto de esta convocatoria será de seis meses.

Características:
Las solicitudes serán seleccionadas según los criterios y las puntuaciones siguientes (de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria de la convocatoria):
a)Criterios académicos (50/100)
b)Conocimiento de la lengua de docencia de la universidad de destino (20/100)
c)Criterios económicos (20/100)
d)País de destino (10/100)
En igualdad de puntuaciones tendrán prioridad aquellos solicitantes que no hayan disfrutado de esta ayuda en el curso 2005-2006. La puntuación obtenida por aquellos estudiantes que estén cursando los dos últimos cursos de su enseñanza podrá ser aumentada un 10%.

Importe:
Se concederá una ayuda de 200 euros mensuales según la duración de la estancia (máximo 6 meses).

Plazo de presentación:
El plazo de presentación de solicitudes será del día 1 al 15 de junio de 2006

Lugar de presentación:
La solicitud será formalizada por la persona interesada, según modelo normalizado que publicaremos a partir del mes de mayo en nuestra página web, y se tendrá que presentar, junto con la documentación requerida, en el registro del AGAUR o en los registros que dispone el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común.

Resolución:
El plazo máximo legal para resolver es de seis meses contando desde el día siguiente de la fecha de presentación de la solicitud. Transcurrido este plazo sin resolución expresa, se entiende desestimado por silencio la ayuda solicitada.