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  De fuera de la Unión Europea a Cataluña
 
 

as personas recién llegadas a Cataluña que vienen para residir temporalmente (máximo 3 meses), han de informarse en su país de origen sobre la documentación necesaria para acceder a las prestaciones sanitarias públicas o tendrán qeu hacerse cargo de los gastos sanitarios que reciban.

 
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) les podrá dar información de los países con los que el Estado español tiene firmados convenios bilatereales que contemplen la atención sanitaria.

 

No obstante, se garantiza la atención sanitaria en los centros de la red sanitaria pública a los menores de 18 años, también el seguimiento del embarazo, parto y post parto y la atención de las urgéncias.

Si la estancia en Cataluña es superior a los 3 meses será necesario realizar los trámites para solicitar la acreditación del derecho a la atención sanitaria.

Podéis conocer los trámites en ésta web en el apartado ¿Quién es asegurado del CatSalut?.

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