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PEDIR LA TSI
Ciudadanos y ciudadanas
La tienes que solicitar en el centro de atención primaria (CAP) que te corresponda por domicilio y hay que presentar la documentación siguiente:
. Documento acreditativo (DNI, NIE, pasaporte, etc.).
. Certificado de empadronamiento con fecha de de emisión inferior a tres meses. (Se ha iniciado un proyecto de colaboración que permitirá consultar en línea al padrón de los ayuntamientos y en el futuro no habrá que entregar este documento.)
. Fotocopia del documento de afiliación en la Seguridad Social, MUFACE, MUGEJU o ISFAS. Las personas que no disponen de ningún documento de afiliación (o personas no cubiertas) pueden pedir el derecho a la asistencia sanitaria por una de las dos posibles vías:
Por correo postal te enviaremos la tarjeta sanitaria a tu domicilio.
Nuevos ciudadanos y ciudadanas
. Los recién nacidos y recién nacidas
Las personas nacidas en Cataluña pueden acceder a la asistencia sanitaria pública como beneficiarias del/de el titular por medio de un certificado de su ayuntamiento que acredite que la persona solicitante y sus beneficiarios están inscritos en el padrón municipal de habitantes. Dispondrán del mismo nivel de cobertura que la persona beneficiaria.
. Las personas recién llegadas
Y que fijan su residencia en Cataluña, una vez empadronadas, pueden solicitar la tarjeta sanitaria individual como el resto de ciudadanos y ciudadanas.
Los desplazados
Se considera desplazado o desplazada la persona usuaria que se encuentra fuera de su lugar habitual de residencia y necesita asistencia sanitaria.
Si tienes que hacer un desplazamiento hace falta que te informes de cómo puedes continuar teniendo garantizada la atención sanitaria.
Hay diversos tipos de desplazamientos, según de donde se viene o hacia donde se va. Con el fin de conocer qué hay que hacer en cada caso concreto de desplazamiento con el fin de tener asistencia sanitaria garantizada, consulta el apartado Desplazamientos.
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