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as personas sin recursos económicos suficientes tienen derecho a la prestación de la asistencia sanitaria, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
· Estar empadronadas en Cataluña.
· Tener rentas, de cualquier naturaleza, iguales o inferiores, en cómputo anual al salario mínimo interprofesional o, si se supera este límite, tener un cociente entre las rentas anuales y el número de menores i persona incapacitadas a su cargo, iguales o menores a la mitad del salario mínimo interprofesional.
· No tener protección sanitaria pública por otra vía.
¿Cómo acceder?
Se tienen que presentar en el centro de atención primaria (CAP) que les corresponda por domicilio, la siguiente documentación:
· Certificado de empadronamiento del ayuntamiento.
· Fotocopia del DNI o fotocopia del pasaporte, si se trata de una persona mayor de 14 años.
· Si es una persona menor de edad, tiene que presentar una fotocopia del libro de familia.
· Documento de la Seguridad Social en el caso que se tenga número o haya estado dado/a de alta.
· Declaración del impuesto sobre la renta del último ejercicio.
· En caso de disminución superior al 33% se tiene que presentar un certificado de los órganos competentes (Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales ICASS), dónde se acredite la disminución.
En el CAP deberá rellenar el impreso Solicitud individual del reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria.
En el CAP verificarán si se cumplen todos los requisitos para recibir la asistencia sanitaria y tramitarán la solicitud al CatSalut, que editará la tarjeta sanitaria individual, si corresponde.
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