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Complementos de formación.
Se trata de enseñanzas adicionales que,
en algunos casos, deben cursar los alumnos que
quieran iniciar estudios de 2º ciclo. Los
complementos de formación están
determinadas por normativa universitaria.
Créditos de libre
elección. La Universidad incluye en
el plan de estudios un porcentaje de créditos
que el estudiante aplicará a las materias,
seminarios o bien a otras actividades académicas
que libremente escoja entre las materias que ofrece
la Universidad. Estos créditos se pueden
obtener por: asignaturas que ofrece la propia
Universidad o otras Instituciones con las que
la Universidad ha firmado un convenio, o bien,
por reconocimiento de créditos por actividades
o estudios que no forman parte de ningún
plan de estudios de las enseñanzas impartidas
por la Universidad.
Crédito universitario.
Es la unidad de valor de las enseñanzas.
Corresponde a diez horas de enseñanza teórica,
práctica o su equivalente. Cada asignatura
del plan de estudios tiene una determinada asignación
de créditos.
Espacio Europeo de la Educación
Superior. El proceso iniciado a partir de
la Declaración de Bologna (http://www10.gencat.net/dursi/ca/un/eees.htm),
nos dirige hacia la creación de un espacio
europeo de la educación superior, y promueve
la convergencia de los diferentes sistemas de
educación, como nos dirige hacia la creación
de un espacio europeo de la educación superior,
y promueve la convergencia de los diferentes sistemas
de educación, con la finalidad de mejorar
la calidad, la transparencia y la contabilidad
de los estudios, títulos y diplomas de
todos los países europeos.
Materias y asignaturas.
Cada plan de estudios de las enseñanzas
de primer ciclo, primer y segundo ciclo o sólo
segundo ciclo, se ordena por materias. Todas las
materias se distribuyen en asignaturas que cursará
el alumno. Las materias de las enseñanzas
son sus contenidos temáticos y las asignaturas
son las unidades de enseñanza en que se
organizan o distribuyen las diferentes áreas.
Materias obligatorias.
Son las materias del plan de estudios, libremente
establecidas por la Universidad que les incluirá
en el correspondiente plan de estudios, como a
obligatorias a cursar por el alumno.
Materias optativas.
Son las materias del plan de estudios libremente
establecidas, por cada Universidad, que las incluirá
en el correspondiente plan de estudios para que
el alumna escoja, entre ellas, las que quiere
cursar.
Materias troncales.
Son las materias del plan de estudios fijadas
por el Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte en el decreto de directrices generales
de la titulación. Son comunes a todas las
enseñanzas que conducen a un mismo título.
Son de obligatoria inclusión en todos los
planes de estudios que conducen a un mismo título
oficial y homologado y cada centro debe asignar
en su plan de estudios, como mínimo, los
créditos troncales fijados.
Pasarelas. Es la expresión
coloquial para nombrar los complementos de formación
exigidos para el acceso al segundo ciclo de enseñanzas
que no constituyen continuación directa
del primer ciclo superado por el estudiante. La
determinación de las titulaciones de acceso,
y los complementos de formación a seguir,
se determinan por Ordenes Ministeriales.
Plan de estudios.
Son el conjunto de enseñanzas organizadas
por una Universidad, la superación de los
que da derecho a la obtención de un título.
Títulos oficiales
y homologados. Son los estudios de carácter
oficial y con validez en todo el Estado español.
El Real decreto 1497/1987, de 27 de noviembre,
modificado, posteriormente, por el Real decreto
1267/1994, de 10 de junio, establece las directrices
generales comunes de los planes de estudios de
los títulos universitarios oficiales.
Títulos propios.
Son los estudios no reglados que conducen a una
titulación no oficial, reconocida, únicamente,
por la universidad que las imparte. Estos estudios
tienen la misma estructura que los estudios reglados,
por tanto, hay títulos propios de 1r ciclo,
de 1º y 2º ciclo y de 2º ciclo.
Dado que no tienen la consideración de
títulos universitarios oficiales y homologados
no facultan para acceder al 2º y 3r ciclo
de estudios universitarios oficiales. Las universidades
regulan el acceso a los títulos propios
y fijan los precios académicos.
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