Definición de términos universitarios
 

Complementos de formación. Se trata de enseñanzas adicionales que, en algunos casos, deben cursar los alumnos que quieran iniciar estudios de 2º ciclo. Los complementos de formación están determinadas por normativa universitaria.

Créditos de libre elección. La Universidad incluye en el plan de estudios un porcentaje de créditos que el estudiante aplicará a las materias, seminarios o bien a otras actividades académicas que libremente escoja entre las materias que ofrece la Universidad. Estos créditos se pueden obtener por: asignaturas que ofrece la propia Universidad o otras Instituciones con las que la Universidad ha firmado un convenio, o bien, por reconocimiento de créditos por actividades o estudios que no forman parte de ningún plan de estudios de las enseñanzas impartidas por la Universidad.

Crédito universitario. Es la unidad de valor de las enseñanzas. Corresponde a diez horas de enseñanza teórica, práctica o su equivalente. Cada asignatura del plan de estudios tiene una determinada asignación de créditos.

Espacio Europeo de la Educación Superior. El proceso iniciado a partir de la Declaración de Bologna (http://www10.gencat.net/dursi/ca/un/eees.htm), nos dirige hacia la creación de un espacio europeo de la educación superior, y promueve la convergencia de los diferentes sistemas de educación, como nos dirige hacia la creación de un espacio europeo de la educación superior, y promueve la convergencia de los diferentes sistemas de educación, con la finalidad de mejorar la calidad, la transparencia y la contabilidad de los estudios, títulos y diplomas de todos los países europeos.

Materias y asignaturas. Cada plan de estudios de las enseñanzas de primer ciclo, primer y segundo ciclo o sólo segundo ciclo, se ordena por materias. Todas las materias se distribuyen en asignaturas que cursará el alumno. Las materias de las enseñanzas son sus contenidos temáticos y las asignaturas son las unidades de enseñanza en que se organizan o distribuyen las diferentes áreas.

Materias obligatorias. Son las materias del plan de estudios, libremente establecidas por la Universidad que les incluirá en el correspondiente plan de estudios, como a obligatorias a cursar por el alumno.

Materias optativas. Son las materias del plan de estudios libremente establecidas, por cada Universidad, que las incluirá en el correspondiente plan de estudios para que el alumna escoja, entre ellas, las que quiere cursar.

Materias troncales. Son las materias del plan de estudios fijadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el decreto de directrices generales de la titulación. Son comunes a todas las enseñanzas que conducen a un mismo título. Son de obligatoria inclusión en todos los planes de estudios que conducen a un mismo título oficial y homologado y cada centro debe asignar en su plan de estudios, como mínimo, los créditos troncales fijados.

Pasarelas. Es la expresión coloquial para nombrar los complementos de formación exigidos para el acceso al segundo ciclo de enseñanzas que no constituyen continuación directa del primer ciclo superado por el estudiante. La determinación de las titulaciones de acceso, y los complementos de formación a seguir, se determinan por Ordenes Ministeriales.

Plan de estudios. Son el conjunto de enseñanzas organizadas por una Universidad, la superación de los que da derecho a la obtención de un título.

Títulos oficiales y homologados. Son los estudios de carácter oficial y con validez en todo el Estado español. El Real decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, modificado, posteriormente, por el Real decreto 1267/1994, de 10 de junio, establece las directrices generales comunes de los planes de estudios de los títulos universitarios oficiales.

Títulos propios. Son los estudios no reglados que conducen a una titulación no oficial, reconocida, únicamente, por la universidad que las imparte. Estos estudios tienen la misma estructura que los estudios reglados, por tanto, hay títulos propios de 1r ciclo, de 1º y 2º ciclo y de 2º ciclo. Dado que no tienen la consideración de títulos universitarios oficiales y homologados no facultan para acceder al 2º y 3r ciclo de estudios universitarios oficiales. Las universidades regulan el acceso a los títulos propios y fijan los precios académicos.

 
 
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