PAU: introducción y normativa

Organización de las PAU de Cataluña
Objetivos y características
Convocatorias
Normativa

Organización de las PAU de Cataluña

La Oficina de Organización de Pruebas de Acceso a la Universidad se encarga de la organización y del desarrollo de las PAU, a las que pueden presentarse todos los bachilleres procedentes de los 698 centros de Cataluña. La Comisión coordinadora de las PAU de Cataluña integra los siete coordinadores de las PAU de todas las universidades públicas catalanas, está presidida por la coordinadora de las PAU de Cataluña y en ella se trabaja en estrecha colaboración con la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

Treinta y un profesores universitarios son los coordinadores de las materias de bachillerato objeto de examen de las PAU. Siete de estos profesores coordinan las áreas de Artes, Ciencias de la naturaleza, Ciencias sociales, Economía, Lenguas, Matemáticas y Tecnología. Estos coordinadores son los responsables de los enunciados de los exámenes, de los criterios de evaluación, de la orientación de los correctores y de los procesos de reclamación y doble corrección. Los coordinadores, asistidos por sus subcoordinadores, organizan reuniones descentralizadas con los centros, informan al profesorado y mantienen los contactos necesarios.

Anualmente se realiza una oferta pública al profesorado funcionario de universidades y de secundaria para que opte a formar parte de los tribunales de las pruebas, en los cuales participan unos mil trescientos profesionales. Los tribunales están formados por un presidente y los vocales de las distintas materias, quienes corrigen un máximo de doscientos exámenes de su especialidad y velan por el buen desarrollo de las pruebas. Todos los correctores reciben instrucciones específicas de corrección, siendo el número de correctores universitarios equiparable al de correctores de secundaria.

Los exámenes se realizan a lo largo de tres jornadas matinales en las que, de manera simultánea y descentralizada, unos 30.000 estudiantes (en grupos de 200) se examinan de las siete materias correspondientes, dedicando 1h 30m a cada examen. A cada estudiante se le facilita su código de barras identificativo. El tribunal vigila el proceso y realiza la corrección de los exámenes codificados. Los servicios informáticos se ocupan de introducir las notas y de elaborar la documentación por centros y estudiantes. Hay un tribunal especial que atiende todos los casos de estudiantes que requieren condiciones especiales para las pruebas, bien sea respondiendo en ordenadores, preparándolos en sistema Braille o en otras condiciones especiales.

Objetivos y características

  • Las PAU tienen como objetivo valorar la madurez académica, los conocimientos y las competencias adquiridas en el bachillerato.
  • Las PAU son las únicas pruebas externas del sistema educativo catalán, ya que son formuladas coordinadamente desde las universidades catalanas, aunque con la colaboración del profesorado de secundaria.
  • Las notas de las PAU, junto a la media del bachillerato, dan ponderadamente la nota de acceso para cursar estudios universitarios y para ordenar las solicitudes de acceso.

Las PAU tienen las siguientes características:

  • Adecuación: las pruebas tienen una estructura muy conocida. Cada examen ofrece dos opciones posibles y se garantiza una correspondencia entre las cuestiones formuladas y los temarios de bachillerato.
  • Anonimato: un proceso de codificación informática garantiza que en todo momento las correcciones se llevan a cabo sin poder determinar la autoría de los estudiantes.
  • Igualdad: en cada convocatoria todos los estudiantes realizan simultáneamente las mismas pruebas.
  • Descentralización: las pruebas tienen lugar en varias localidades, y las distintas oficinas repartidas por el territorio aseguran también procesos administrativos cercanos al estudiante.

Convocatorias

Anualmente se realizan dos convocatorias: una ordinaria y otra extraordinaria. Cada estudiante dispone de un máximo de cuatro convocatorias para la superación de la prueba. Se considera consumida una convocatoria cuando el estudiante se haya presentado a cualquiera de los ejercicios de la prueba.

Una vez superada la prueba, los estudiantes pueden presentarse en posteriores convocatorias, ordinarias o extraordinarias, con la finalidad de mejorar la nota, en la misma universidad, salvo que se justifique debidamente un cambio de residencia.
La calificación global obtenida en las convocatorias de mejora de nota sólo se tendrá en cuenta si es superior a la nota otorgada anteriormente.
Al hacer uso de la posibilidad de mejorar nota, la prueba se realizará por una sola de las distintas vías de acceso previstas y sin hacer cambios de materias.

Normativa

  • Real decreto 1025/2002, de 4 de octubre, por el que se modifica el Real decreto 1640/1999, por el que se regula la prueba de acceso a estudios universitarios (BOE 253, 22.10.2002)
  • Real decreto 990/2000, de 2 de junio, por el que se modifica y completa el Real decreto 1640/1999, por el que se regula la prueba de acceso a estudios universitarios (BOE 133, 03.06.2000)
  • Real decreto 1640/1999, de 22 de octubre, por el que se regula la prueba de acceso a estudios universitarios (BOE 257, 27.10.1999)
  • Ley 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo (BOE 238, 04.10.1990)
  • Orden de 14 de mayo de 2001, por la que se actualiza la Orden de 25 de noviembre de 1999, por la que se determinan los estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales relacionados con cada una de las vías de acceso a los citados estudios (BOE 122, 22.05.2001)
  • Orden de 27 de junio de 2000, por la que se actualiza la Orden del 25 de noviembre de 1999, por la que se determinan los estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales relacionados con cada una de las vías de acceso a los citados estudios (BOE 159, 04.07.2000)
  • Orden de 25 de noviembre de 1999, por la que se determinan los estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales relacionados con cada una de las vías de acceso a los citados estudios (BOE 286, 30.11.1999)
Última actualización: 16 de octubre de 2007