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Una vez conocidos los resultados de las PAU, los estudiantes pueden solicitar doble corrección o reclamación de los ejercicios en los que consideren incorrecta la aplicación de los criterios generales de evaluación y los específicos de corrección. Ambas solicitudes son excluyentes entre sí (para un mismo ejercicio sólo se podrá solicitar reclamación o doble corrección). Doble corrección Los estudiantes pueden solicitar ante el presidente del tribunal solicitud de doble corrección: una segunda corrección de los ejercicios. El plazo de presentación de la citada solicitud es de tres días hábiles, contados desde la fecha de publicación de las calificaciones. Los ejercicios sobre los que se haya presentado solicitud de doble corrección son corregidos por un profesor especialista distinto del que realizó la primera corrección. La nueva calificación resultará de la media aritmética de ambas correcciones. Estas calificaciones sustituyen las iniciales y pueden ser más bajas o más altas que las inicialmente otorgadas. En el supuesto de que existiera una diferencia de tres o más puntos entre ambas calificaciones, un tribunal diferente efectuaría una tercera corrección, otorgando la correspondiente calificación. Este procedimiento se efectúa en el plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud. Respecto a la calificación otorgada tras la doble corrección, los estudiantes pueden presentar una reclamación ante la comisión organizadora en un plazo de tres días hábiles, contados desde la fecha en que se haga pública la calificación sobre la que se desee formular la reclamación. Las resoluciones de la Comisión Coordinadora de las PAU de Cataluña finalizan la vía administrativa, pero los afectados pueden interponer recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio). Los estudiantes pueden solicitar directamente ante la Comisión Coordinadora de las PAU de Cataluña una solicitud de reclamación, quedando excluida en este caso la posibilidad de solicitar doble corrección. El plazo de presentación de la citada solicitud es de tres días hábiles, contados desde la fecha de publicación de las calificaciones. Los ejercicios sobre los que se haya presentado solicitud de reclamación son revisados en los aspectos formales o errores administrativos. Estas calificaciones sustituyen las iniciales y no pueden ser más bajas que las inicialmente otorgadas. Las resoluciones de la Comisión Coordinadora de las PAU de Cataluña finalizan la vía administrativa, pero los afectados pueden interponer recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio).
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