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Personas con titulación universitaria
Los licenciados, arquitectos, ingenieros, diplomados, arquitectos técnicos
o ingenieros técnicos pueden acceder al primer curso de unos Los estudiantes que tienen más de una diplomatura o licenciatura, deben escoger una, la que más les convenga. Los diplomados y licenciados o similares que estén en posesión
de algún otro estudio que les permita el acceso a la universidad,
pueden Existe la posibilidad de acceder al 2º ciclo de un estudio diferente
de aquel que se ha cursado, pero en este caso será necesario hacer Los estudiantes con un 1r ciclo, una diplomatura o una licenciatura que quieran
estudiar comunicación audiovisual, humanidades, periodismo, Los estudiantes con un estudio de 1r ciclo que les dé acceso a estudios
de 2º ciclo, no podrán entrar a 1r ciclo de estos estudios,
sino que Respecto al acceso a otros estudios universitarios solicitados por licenciados,
arquitectos, ingenieros, diplomados, arquitectos técnicos Criterios de baremación de los expedientes de los
estudiantes diplomados, licenciados y asimilados (vía 2) Estudios de plan nuevo o reformados Tabla de equivalencias: Las asignaturas convalidadas tienen una equivalencia de 1, las adaptadas
tienen la califiación del centro de procedencia, en su defecto Estudios de planes viejos o no reformados Estudios universitarios cursados en el extranjero Los criterios de asignación de las plazas por esta vía
de acceso son: Los siguientes titulados pueden acceder a estudios de 1r ciclo, de 2º
ciclo o 1º y 2º ciclo a través de la preinscripción
universitaria por -Técnicos de empresas y actividades turísticas que hayan
cursado estudios de acuerdo con el RD 865/1980 de 14 de abril, considerados -Oficiales de los tres ejércitos, de acuerdo con el Real decreto 434/2002, de 10 de mayo, que hayan realizado los estudios en la Academia General MIlitar. -Oficiales de la marina mercante que hayan realizado estudios de acuerdo
con el Real decreto 355/1979 de 28 de febrero, considerados como -Pilotos de transportes de líneas aéreas, de acuerdo con la Orden de 9 de mayo de 1995. -Titulados en ciencias eclesiásticas de nivel universitario, según acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede. - Titulados superiores de enseñanzas artísticas (diseño,
conservación
y restauración de bienes culturales, arte dramático, música,
danza, y - Poseedores del título de profesor o del título profesional
de música según el Decreto de 15 de junio de 1942, o bien
de los diplomas de - Poseedores del título de profesor superior de música según el Decreto 2618/1966 de 10 de septiembre. Estudios de planes extinguidos Los siguientes titulados pueden acceder a estudios de 1r ciclo, de 2º
ciclo o 1r y 2º ciclo a través de la preinscripción
universitaria por la - estudiantes con el título de ATS y el curso de nivelación. - Profesores mercantiles, intendentes mercantiles y actuarios de seguros. - Maestros de primera enseñanza, tanto del Plan 1950-67 (con bachillerado elemental), como del Plan 1967-71 (con bachillerato superior).
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| Última actualización: 11 de febrero de 2008 |