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Renovación de consejeros de seguridad
Última actualización: 02/05/2006
  1. El artículo 5 de la Orden FOM/605/2004 establece que el certificado tendrá una validez de 5 años y se renovará por períodos de 5 años si, durante el último año antes de la expiración del certificado, su titular supera una prueba de control.
  2. La Resolución PTP/641/2004, de 11 de marzo, sobre las pruebas para la obtención y la renovación del certificado de capacitación profesional para el ejercicio de la actividad de consejero de seguridad del transporte de mencancías peligrosas por carreterera o por ferrocarril, actualiza la regulación de la convocatoria y la ejecución de las pruebas a celebrar en Cataluña.  

La opción de renovar los certificados se realizará únicamente sobre el modo de transporte (carretera o ferrocarril) y la especialidad de que se disponga. Si se desea optar a nuevas especialidades o modo de transporte, se deberá hacer el examen de acceso que corresponda.

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